1. ¿Por qué no se había hecho una actualización desde el 2005?
En anteriores administraciones, no se han cumplido con las disposiciones legales que exigen una actualización del catastro, actuando de manera irresponsable con el cantón. En la actual administración, se ha realizado con seriedad este proceso de actualización, en donde se observa, en muchos casos, construcciones nuevas realizadas en los últimos años.
2. ¿Por qué un terreno tiene vale un valor y otro, otro valor?
Porque el avalúo depende de muchos factores, si el predio está en la zona homogénea, o si está en el eje comercial, así como los factores geométricos de forma, topografía, accesibilidad a los servicios básicos y factores de superficie. Un terreno en una calle principal, por supuesto cuesta más que en otro. Un ejemplo es que en la calle Rocafuerte, por ser un eje comercial, el precio base es de 550.00 USD/m2, mientras que en San Nicolás el precio base es 72.00 USD/m2.
3. ¿La actualización también baja los impuestos? ¿por ejemplo, una casa viejita, paga menos?
Sí. El factor de antigüedad hace que baje el avalúo ya que dentro de la normativa técnica tenemos que calcular a partir de los 2 años hasta los 99 años. En el caso del suelo o terreno, no pasa eso sino que se actualiza por factores anteriormente descritos.
4. Yo tengo un terrenito, y recibí una notificación y ya le puse cerramiento, pero ahora veo que me ha subido el impuesto, ¿Por qué?
En el terreno tiene que haber una edificación habitable con una construcción de al menos el 70 por ciento, así como servicios básicos. El cerramiento no constituye una edificación, sino una mejora.
5. ¿Quién aprueba esta actualización?
De acuerdo al art. 496 del COOTAD existe el siguiente procedimiento:
• Se realiza un estudio de valoración y actualización catastral.
• Se notifica a la ciudadanía a través de la dirección Financiera por los medios de comunicación locales y digitales, actividad que se realizó del 15 al 20 de noviembre.
• Luego el Concejo Cantonal, en pleno, aprueba el estudio de valoración y las bandas impositivas para calcular el impuesto predial, median dos sesiones. En nuestro caso, el Concejo aprobó por unanimidad la actualización catastral.
6. El valor del impuesto del predio me ha subido demasiado. ¿Puede haber un error en el cálculo?.
En algunas excepciones puede existir errores de registro en el sistema catastral, por lo tanto, la ciudadanía puede acercarse a verificar en la Dirección de Avalúos y Catastros para solventar las inquietudes. También puede hacer un reclamo formal, con una solicitud de requerimiento.
7. Yo me hice una media agüita. ¿Por qué me ha aumentado el valor, si es solo una cosa pequeña lo que construí?
La media agua es también una construcción, y tiene que tener permiso de construcción del Municipio por trabajos varios hasta los 50 m2 así como mayores a 51 m2. Toda construcción tiene que legalizarse con un profesional afín.
8. ¿Qué es eso del impuesto a las mejoras, y cuando no se paga ese impuesto?
Es un impuesto legal y está en el COOTAD, Artículos del 569 hasta el 593 y son denominados “contribución especial de mejoras”, el cual se paga cuando se hace una obra bajo contrato directo. Esto no se aplica cuando se hace la obra por cogestión, ya que los vecinos contribuyen en la obra mediante mingas y aportes económicos para la mano de obra.
9. Tengo un terreno grande, sin habitar y me sale mucho el impuesto. ¿Puedo dividir el terreno, qué debo hacer?
Puede hacer un fraccionamiento del terreno, pero tiene que dotarlo de servicios básicos (agua potable, alcantarillado, luz eléctrica y vías) para poder realizar el trámite. Si necesita más información, acérquese a la Dirección de Planificación y Ordenamiento Territorial.